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| REGIMEN DEPARTAMENTAL | | | LEGISLACIÓN>Regimenes | 0 |   |
CÓDIGO DE RÉGIMEN
DEPARTAMENTAL
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DECRETO 1222 DE 1986
(abril 18)
Diario Oficial No. 37.498
Por el cual se expide el Código de
Régimen Departamental.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE
COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades
extraordinarias
que le confiere la Ley 3a. de 1986
y oída la Comisión Asesora a que ella se
refiere,
DECRETA:
&$ARTICULO 1o. El Código de Régimen Departamental comprende los
siguientes títulos: El Departamento como entidad territorial y sus funciones;
Condiciones para su creación, deslinde y amojonamiento; Planeación
departamental y coordinación de funciones nacionales, Asambleas, Gobernadores y
sus funciones; Bienes y rentas departamentales; Contratos; Personal; Control
fiscal; Entidades descentralizadas; convenios interdepartamentales y
disposiciones varias.
En él se incorporan las normas
constitucionales relativas ala organización y el funcionamiento de la
administr | |
| REGIMEN DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS | | | LEGISLACIÓN>Regimenes | 0 |   |
&& RÉGIMEN DE LOS
SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS
LEY 142 DE
1994
(Julio 11)
Diario Oficial
No. 41.433
SERVICIOS
PÚBLICOS DOMICILIARIOS
Por la cual se
establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras
disposiciones
Nota:
Modificada por
la Ley 177 de 1994, artículo 1021, publicada
en el Diario Oficial No. 41.653 del 28 de diciembre de 1994.
Modificada por
la Ley 286 de 1996, artículos 112o., 213o., 314o., 415o., 516o., 617o. y 718o.,
publicada en el Diario Oficial No. 42.824 del 5 de julio de 1986.
El Diario
Oficial Oficial No. 41.925 del 11 de julio de 1995, incluyó una FE DE ERRATAS,
para corregir los artículos 1, 9, 14, 16, 24, 25, 32, 99 y 184.
Ver artículo 1239 del Decreto
2150 de 1995, publicado en el Diario Oficial No. 42.137 del 6 de diciembre de
1995, que trata sobre el ámbito de aplicación de la figura del silencio
administrativo positivo, contenida en el artíc | |
| REGIMEN DE SEGURIDAD SOCIAL | | | LEGISLACIÓN>Regimenes | 0 |   |
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LEY 100 DE
1993
(Diciembre 23)
Diario Oficial
No. 41.148, del 23 de diciembre de 1993
Por la cual se
crea el sistema de seguridad social
Integral y se
dictan otras disposiciones
Nota:
1.Ley declarada EXEQUIBLE por la Corte Constitucional,
mediante Sentencia C-408-94SC408_94.RTF#1*NO
EXISTE EL ARCHIVO .BKM del 15 de septiembre de 1994
2. Complementada por la Ley 168 de 1994,
3. Modificada por la Ley 179 de 1994, "Por la cual se introducen
algunas modificaciones a la Ley 38 de 1989, Orgánica de Presupuesto",
publicada en el Diario Oficial No. 41.659 del 30 de diciembre de 1994.
4. Modificada por el Decreto extraordinario 2150 de 1995,
publicado en el Diario Oficial No. 42.137 del 6 de diciembre de 1995.
6. Complementada por la Ley 263 de 1996, "Por la cual se
modifica parcialmente el Decreto-ley 1301 de 1994", publicada en el Diario
Oficial No. 42.699 del 25 de enero de 1996.
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| REGIMEN MUNICIPAL | | | LEGISLACIÓN>Regimenes | 0 |   |
&& CÓDIGO DE RÉGIMEN MUNICIPAL
TITULO PRELIMINAR.
DESCRIPCION Y OBJETO
&$ARTICULO 1o. El Código de Régimen Municipal comprende los
siguientes Títulos: El Municipio como entidad territorial; Condiciones para su
creación, deslinde y amojonamiento; Planeación municipal; Concejos; Acuerdos;
Alcaldes; Personeros; Tesoreros; Entidades descentralizadas; Bienes y rentas
municipales; Presupuesto; Contratos; Personal; Control fiscal; Divisiones
administrativas de los Municipios; Asociaciones de Municipios; Areas
Metropolitanas; Participación comunitaria y disposiciones varias. (Nuevo;
apenas relaciona el contenido del Código).
En él se incorporan las normas
constitucionales relativas a la organización y el funcionamiento de la
administración municipal y se codifican las disposiciones legales vigentes
sobre las mismas materias.
&$ARTICULO 2o. La legislación municipal tiene por objeto dotar a
los Municipios de un estatuto admin | |